lunes, junio 17, 2013

¿ALGÚN JURISTA EN LA SALA?: Hacienda reclama 17.000 euros a un niño cuyo padre se suicidó tras arruinarse. Recuerdo de mis tiempos que una de las causas de extinción de una obligación jurídica es la muerte. Y en todo caso hay que aceptar una herencia para que se transmita. ¿Me estoy perdiendo algo, o es lo que me temo, una noticia que deja fuera detalles cruciales por 'morbo'.

Comentarios a @jmguardia en Twitter, gracias.

ACTUALIZACIÓN. Van llegando respuestas. Sigo sin ver nada claro en esto.

ACTUALIZACIÓN II. La noticia original en el Faro de Vigo aún es más escabrosa: "El padre se suicidó por las deudas y el Estado señaló al pequeño como heredero para intentar cobrar a su tutora"

¿Qué significa que "el Estado señaló al pequeño como su heredero"? Estas cosas no se pueden hacer a posteriori: es a priori la ley quien dice quién es heredero, o el testador en los límites de ésta ley. Otra cosa es que la madre aceptara la herencia y encima no lo hiciese a beneficio de inventario, que sería lo lógico cuando proviene de alguien en mala situación económica.